Se les recuerda respecto a la obligación del Aviso que deben dar cumplimiento las empresas IMMEX que cuenten con su Certificación IVA e IEPS y que requieran importar mercancías contenidas en el Anexo II del Decreto IMMEX.
El Aviso debe haberse realizado independientemente de la solicitud Certificación IVA / IEPS, este documento debe presentarse en escrito ante la AGACE, por lo que le recomendamos asegurarse que dicho aviso se haya presentado en tiempo y forma.
Es muy importante revisar los Boletines anexos los cuales serán de utilidad para revisar el cumplimiento así como lo establecido en la Regla 7.1.2 B
Regla 7.1.2.
Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de IVA e IEPS,
Para los efectos de los artículos 28-A, primer párrafo, de la Ley del IVA y 15-A, primer párrafo, de la Ley del IEPS, los interesados que pretendan acceder al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en su modalidad de IVA e IEPS, además de los requisitos establecidos en la regla 7.1.1., deberán cumplir con lo siguiente:
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Adicionalmente, deberán cumplir con lo siguiente:
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- Las empresas que importen o pretendan importar temporalmente mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX y/o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, deberán cumplir adicionalmente con lo establecido en el Apartado A, de la presente regla con los siguientes requisitos:
Haber realizado operaciones al amparo del Programa IMMEX en al menos los 12 meses previos a la solicitud.
Contar con al menos 30 trabajadores registrados ante el IMSS y realizar el pago de la totalidad de cuotas obrero patronales a dicho instituto o mediante subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establecen los artículos 15-A al 15-D de la LFT.
Que los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa acrediten que en las declaraciones anuales de los dos ejercicios fiscales previos a la solicitud declararon ingresos acumulables ante la autoridad fiscal para los fines del ISR.