Importante! Realizar ante Secretaria de Economía Reporte Anual de Comercio Exterior para empresa Immex (hasta el último día hábil de Mayo).
El SAT publicó el 17 de Mayo del presente la ” Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y su Anexo 1-A.” como versión anticipada, se indica a continuación lo más relevante:
- Durante las vigencias de las reglas de 2017 no serán exigible los Anexos de la Manifestación de Valor.
- Se amplía el pazo para poder importar con solicitud de Inscripción al Padrón de Siderúrgicos y Productos Siderúrgicos.
- Los contribuyentes que hayan presentado su trámite y este nos e haya resuelto podrán seguir realizando la importación de sus mercancías hasta tanto se resuelve, el beneficio se prorroga hasta 15 de Julio de 2017.
- Quienes hayan presentado su solicitud posterior al 15 de mayo de 2017, podrán hacer operaciones.
- Se invita a revisar su buzón tributario en virtud de que la autoridad requerirá información por este medio a fin de corregir errores en su solicitud.
- Se establece como causal de suspensión en los padrones para los contribuyentes inscritos en el Sector 13 de Hidrocarburos, que:
- No Cuenten con los permisos vigentes a que se refiere la Ley de Hidrocarburos.
- Que sus clientes que no cuenten con los permisos correspondientes, cuando realicen o hayan realizado operaciones con clientes, o contratado los servicios de transporte, almacenamiento, distribución y/o comercialización de petrolíferos.
- Cuando no presente copia de los contratos previstos en la ficha de trámite 4/LA, ante la Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos, dentro de los 30 días posteriores a su suscripción.
- Se modifica la regla 1.6.9 para reiterar que se podrá aplicar la tasa PROSEC vigente en la fecha en que se efectúe el cambio de régimen incluso antes del 1/01/2001.
- Modificación de Anexo 1A ver link http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/Anexo1A_Hidrocarburos_16052017.pdf