ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 3 al 9 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Porcentaje de Estímulo
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Gasolina menor a 92 octanos |
51.61%
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
32.76%
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Diésel |
52.98%
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Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 3 al 9 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 92 octanos |
$2.369
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$1.271
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Diésel |
$2.670
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Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 3 al 9 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
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Cuota disminuida (pesos/litro)
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Gasolina menor a 92 octanos |
$2.221
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$2.609
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Diésel |
$2.370
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