ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 3 al 9 de marzo de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Porcentaje de Estímulo
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Gasolina menor a 92 octanos |
41.15%
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
16.96%
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Diésel |
40.34%
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Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 3 al 9 de marzo de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 92 octanos |
$1.889
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$0.658
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Diésel |
$2.033
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Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 3 al 9 de marzo de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
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Cuota disminuida (pesos/litro)
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Gasolina menor a 92 octanos |
$2.701
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$3.222
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Diésel |
$3.007
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