ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 17 al 23 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Porcentaje de Estímulo
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Gasolina menor a 92 octanos |
35.84%
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
14.92%
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Diésel |
35.50%
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Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 17 al 23 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
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Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 92 octanos |
$1.645
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$0.579
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Diésel |
$1.789
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Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 17 al 23 de febrero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
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Cuota disminuida (pesos/litro)
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Gasolina menor a 92 octanos |
$2.945
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Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$3.301
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Diésel |
$3.251
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